300 trabajadores de Johnson Controls acuden a la Asamblea Nacional exigiendo su reenganche en la empresa

Los trabajadores y trabajadoras de la empresa transnacional 3A Johnson Controls Andina C.A., fabricante de asientos para automóviles, ubicada en Guacara, estado Carabobo, desde hace semanas vienen atravesando por una grave situación. Esta empresa cerró sus puertas como consecuencia del cierre decretado por la General Motors, empresa a la que suplía con las butacas para los carros.

Los trabajadores y trabajadoras de la empresa transnacional 3A Johnson Controls Andina C.A., fabricante de asientos para automóviles, ubicada en Guacara, estado Carabobo, desde hace semanas vienen atravesando por una grave situación. Esta empresa cerró sus puertas como consecuencia del cierre decretado por la General Motors, empresa a la que suplía con las butacas para los carros.

Lo cierto es que 200 trabajadores se acogieron al plan de liquidación propuesto por la empresa pero otros 300 no lo aceptaron, quedando prácticamente en la calle. La empresa responsabiliza al gobierno por no poder ofrecer una liquidación mayor a los trabajadores, ya que no les entregaría las divisas que solicitan.

Ante esta situación 300 trabajadores de la empresa se apersonaron en el día de ayer ante la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Nacional, para que esta interceda en el conflicto.

En este momento los trabajadores se encuentran apostados en los portones de la empresa, mientras procesan por ante la Inspectoría del Trabajo la solicitud para que se implemente la medida que detenga el despido masivo.

Hasta ahora sólo 186 trabajadores se han podido amparar de forma individual, quedando al descubierto la lentitud por parte de la Inspectoría del Trabajo, con lo cual los demás trabajadores corren el riesgo de que transcurran los 30 días que otorga la Ley del Trabajo para ejercer el derecho al Amparo.

Hasta ahora la Inspectoría ha sido incapaz de detener el despido masivo, tal como reza en el artículo 3, literal “e” de la Ley Orgánica del Trabajo, que establece que el Ministerio del ramo, mediante resolución motivada, podrá impedir el despido masivo de trabajadores en conformidad con el articulo 34 que dice: “El despido se considerará masivo cuando afecte a un número igual o mayor al diez por ciento(10%) de los trabajadores de una empresa”, y agrega que cuando se realice un despido masivo, el ministerio del ramo podrá por razones de interés social, suspenderlo mediante resolución especial.

Los trabajadores le exigen al Gobierno Nacional, que no permita que esta empresa bote a la calle a 300 padres y madres de familia golpeando así a la clase obrera, a la democracia socialista, a la revolución y un desconocimiento al ordenamiento jurídico venezolano.

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