Nuevo salario mínimo nacional y bonificación de fin de año (2013)
La inflación galopante que según datos del Banco Central de Venezuela lleva acumulado el 49% a fines de septiembre, obligó al Presidente Maduro Moros a dictar dos Decretos dirigidos a compensar aunque
La inflación galopante que según datos del Banco Central de Venezuela lleva acumulado el 49% a fines de septiembre, obligó al Presidente Maduro Moros a dictar dos Decretos dirigidos a compensar aunque no plenamente el poder adquisitivo de los salarios de los trabajadores y los sueldos de los funcionarios públicos.
El Decreto N° 503 de fecha 18 de Octubre de 2013 publicado en la Gaceta Oficial N° 40.275 establece: 1. Un salario mínimo nacional para los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado de Bs. 2.973 mensual (Bs. 99,10 diario) a partir del primero de noviembre del presente año, por jornada diurna 2. Un salario mínimo para los adolescentes aprendices de Bs. 2.211 mensual (Bs. 73,70 diario) siempre que no realicen labores en igualdad de condiciones con el resto de los trabajadores en cuyo caso devengarán el nuevo salario mínimo nacional 3. El nuevo salario mínimo nacional será aplicable a los pensionados del Seguro Social así como a los pensionados y jubilados de la Administración Pública Nacional 4. En el caso de trabajadores que cumplen jornadas a tiempo parcial inferiores a 40 horas de trabajo semanal en jornada diurna se aplicará el salario mínimo en forma proporcional según lo establecido en el artículo 172 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras 5. El Decreto entró en vigencia el primero de noviembre de 2013.
El Decreto N° 504 de fecha 22 de Octubre de 2013 publicado en la Gaceta Oficial N° 40.277 establece para los funcionarios de la Administración Pública Nacional en servicio activo el pago de noventa (90) días de salario integral con cargo al Presupuesto Nacional en dos partes: la primera cuota, de dos terceras partes (2/3) del bono, antes del 15 de Noviembre de 2013; y la segunda cuota, de un tercio (1/3) restante, el primero de Diciembre de 2013.
Las principales objeciones a estas dos medidas son las siguientes: 1. No hay una compensación total de la inflación especialmente la correspondiente a los alimentos 2. El aumento del salario mínimo no favorece a todos los trabajadores porque no comprende un aumento general de sueldos y salarios, es decir, que los trabajadores que devengan remuneraciones salariales por encima del nuevo salario mínimo nacional no recibirán ningún aumento que les compense la pérdida del poder adquisitivo de sus sueldos o salarios 3. La bonificación de fin de año de tres (3) meses no comprende a los pensionados del Seguro Social sino a los funcionarios públicos activos 4. El nuevo salario mínimo nacional rige para los trabajadores al servicio de las Gobernaciones y Alcaldías pero el bono de fin de año fijado en 3 meses no les es aplicable salvo que estas entidades así lo establezcan de conformidad con su normativa legal o convenios colectivos de trabajo.
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