Sutiss realiza hoy asamblea para aprobar cancelación del pago lineal

24 Noviembre 2013

Los estatutos del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Siderúrgica y Sus Similares (Sutiss) han quedado en desuso.

24 Noviembre 2013

Los estatutos del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Siderúrgica y Sus Similares (Sutiss) han quedado en desuso.

Desde las últimas elecciones de la organización, ninguno de los tres mecanismos de consulta interna, han sido utilizados para la toma de decisiones dentro de la institución.

La Asamblea General Delegada, el Consejo Directivo Regional y el Comité Ejecutivo no han sido consultados para las resoluciones trascendentales dentro del sindicato siderúrgico, pese a que el reglamento establece que su convocatoria debe ser periódica y la coyuntura laboral lo ha ameritado.

Dichos organismos están por debajo de la Asamblea General de Trabajadores, pero son de permanente consulta para las propuestas a los afiliados de acuerdo al artículo 11 de los estatutos de Sutiss.

Según la constitución interna de los siderúrgicos, la máxima autoridad de la organización residirá en la Asamblea General Delegada mientras no esté reunida la asamblea general de miembros.

Esta asamblea está integrada por el comité ejecutivo, inclusive los vocales, los miembros principales del tribunal disciplinario, las juntas directivas de las seccionales, los comités de fábrica (si lo hubiese) y un 5 por ciento de los trabajadores elegidos por mecanismos subalternos o auxiliares.

Su consulta puede ser cada seis meses o de manera extraordinaria, señala el artículo 20.

Otro órgano dentro del sindicato es el Consejo Directivo Regional, integrada por el comité ejecutivo, los vocales y los miembros del tribunal disciplinario, delegados sindicales y demás miembros de la estructura, y tienen como fin preservar las decisiones de la Asamblea General Delegada, la cual no se reúne desde mayo de 2012.

Ausencia de discusión

Uno de los mecanismos de consulta más relevante para la unificación de criterios, como lo es el comité ejecutivo, no se ha convocado formalmente en el último conflicto.

Las reuniones han sido improvisadas y signadas por la emergencia de la huelga donde cada tendencia ha intentado imponer su método para la exigencia de los beneficios de los trabajadores.

La protesta -en un principio- fue conducida por los delegados sindicales de cada área, desde las bases, pero sin la dirección del comité ejecutivo en pleno. En las últimas semanas, el órgano central del sindicato se ha mostrado dividido en cuanto al modo de reclamo de las utilidades y la revisión de la hoja de cálculo salarial.

Sus diferencias en cuanto al nudo del reclamo han sido evidentes en la convocatoria de la asamblea general de miembros, es decir, todos los afiliados de Sutiss.

De acuerdo al artículo 33 de los estatutos, el comité ejecutivo es el órgano central de dirección y administración de todo el resto de la estructura, aunque no por encima de la asamblea general de trabajadores.

Aunque su convocatoria debe ser cada 15 días, las diferencias internas de sus miembros han limitado el diálogo para la conducción del conflicto en Sidor y hecho que su encuentro sea cada vez más esporádico.

En los últimos días, algunos dirigentes han pedido discutir y aprobar decisiones con los miembros del comité ejecutivo que asistan a las reuniones con la empresa, a propósito de la resolución de la protesta que este lunes alcanza los 10 días.

La pérdida de la institucionalidad es uno de los elementos identificados por la dirigencia como traba para alcanzar consensos y garantizar la democracia sindical.

Sobre el Consejo General de Delegados

El Consejo General de Delegados nunca estuvo incluido en los estatutos, recuerda su corredactor, el abogado y ex secretario general de Sutiss, Eleuterio Benítez, pero sí llegó a funcionar en varias ocasiones.

En un artículo de opinión de la década de los años 70 en Correo del Caroní, Benítez exponía sobre la importancia de la organización de los trabajadores.

“En una sociedad donde todo está organizado para oprimir, negar la participación y los derechos de los trabajadores, éstos no pueden darse el lujo de permanecer desorganizados a merced de los patrones, el Estado y todos sus enemigos (…) Siendo así las cosas, ¿puede alguno de los 16 mil trabajadores siderúrgicos pensar que se puede seguir desorganizados?”.

En aquel artículo, el entonces dirigente sindical analizaba que la desorganización y la anarquía “fueron factores que contribuyeron a que la dirección sindical patronal mantuviera pisado por mucho tiempo al movimiento obrero siderúrgico”.

El Consejo General de Delegados estaba pensado para el desempeño autónomo de los delegados departamentales, con su propia estructura y normas de funcionamiento para ser “vigilante de la conducta y en cierta manera mantenga el rumbo consecuente del comité ejecutivo con los intereses generales e históricos de los trabajadores”, señalaba Benítez en diciembre de 1979.

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