Presentación legal de una convención colectiva de empresa
Los pasos para iniciar, tramitar y depositar legalmente una convención colectiva de trabajo deben prepararse y ejecutarse con cuidado a fin de que el procedimiento no resulte anulable legalmente.
Los pasos para iniciar, tramitar y depositar legalmente una convención colectiva de trabajo deben prepararse y ejecutarse con cuidado a fin de que el procedimiento no resulte anulable legalmente.
El sindicato legitimado (mayoritario) para negociar en representación de todos los trabajadores de la empresa debe presentar, en tres (3) o más ejemplares según lo exija la Inspectoría del Trabajo de la jurisdicción, el proyecto de convención colectiva previamente aprobado en la Asamblea de Trabajadores en la cual se acordó su presentación (art. 516 LOT).
Cada Inspectoría tiene su listado de requisitos entre los cuales se encuentran: 1) El certificado de inscripción y registro del Sindicato 2) Copia del Acta Constitutiva y Estatutos del Sindicato 3) Recaudos de la última elección de la Junta Directiva del Sindicato certificada por el CNE y su notificación a la Inspectoría del Trabajo (Sala de Organizaciones Sindicales) 4) Ultima rendición de Cuentas de la Administración del Sindicato y sus Fondos Sindicales 5) Proyecto de Convención Colectiva presentado por la Junta Directiva del Sindicato a la Inspectoría con copia del Acta de la Asamblea Sindical que aprobó dicho proyecto debidamente firmada por todos los trabajadores que asistieron a dicha Asamblea identificados en el texto de dicha Acta con sus nombres, apellidos y cédulas de identidad respectivos.
El oficio de presentación del proyecto de convención a la Inspectoría debe indicar los nombres, apellidos, cédulas de identidad, cargos en la dirección sindical, nacionalidad, estado civil, indicando si es o no mayor de edad, domicilio (indicar ciudad, municipio y Estado) del trabajador y la dirección exacta donde se encuentra su residencia, indicando incluso número de teléfono y/o celular así como dirección electrónica, de cada uno directivo del Sindicato. Los sindicatos deben presentar estos recaudos en forma original o mediante copias certificadas de los mismos para su revisión por el Despacho y una copia de cada recaudo a fin de que sea agregado al Expediente Administrativo que formará su Sala de Contratos Colectivos.
Para presentar un proyecto de convención colectiva de trabajo es necesario que la anterior se encuentre vencida o que no estando vencida la misma contenga una cláusula que permita la negociación de la nueva convención en forma anticipada.
En caso de que dos o más sindicatos se acrediten la condición de sindicatos mayoritarios y presentaren cada uno sus respectivos proyectos, la Inspectoría convocará, organizará y presenciará un referendo a fin de determinar la organización sindical que se encuentre legitimada para representar a los trabajadores de la empresa. No obstante, dichas organizaciones pueden actuar en forma conjunta a los fines de obligar al patrono a negociar (art. 115 R-LOT).
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