Derogada medida que prohíbe venta informal de alimentos
El Gobierno Nacional derogó la medida que prohíbe la venta, a través del comercio informal, ambulante o eventual, de alimentos que no garantizan los precios establecidos por el Ejecutivo y que no tengan las condiciones de higiene y salubridad de los alimentos para el consumo humano.
El Gobierno Nacional derogó la medida que prohíbe la venta, a través del comercio informal, ambulante o eventual, de alimentos que no garantizan los precios establecidos por el Ejecutivo y que no tengan las condiciones de higiene y salubridad de los alimentos para el consumo humano.
Así quedó establecido mediante una resolución publicada en Gaceta Oficial Nº 39.459, de fecha martes 6 de julio de 2010, emitida por los ministerios del Poder Popular para el Comercio; Salud; Alimentación, así como Agricultura y Tierras.
El pasado 28 de junio de 2010, en la Gaceta No 39.454 el Ejecutivo restringió expender a cielo abierto arroz de mesa; harina de maíz precocida; harina de trigo; pastas alimenticias; sardinas, atún y jurel enlatados; leche completa en polvo, pasteurizada y esterilizada UHT; quesos; huevos de gallinas; leche de soya y aceites comestibles, excepto aceite de oliva.
De igual forma, los productos margarina; leguminosas; azúcar; mayonesa; salsa de tomate, sal; café molido y en grano, así como carne de res; pollo; de gallina; de ovino de caprino y de porcino.
La revocación de dicha resolución entra en vigencia a partir de este miércoles 07 de junio de 2010.