7 noviembre, 2025

CEPSAL-GTAI se pronuncia ante la violación de los derechos territoriales del pueblo Yukpa

El Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (GTAI) adscrito al Centro de
Estudios Políticos y Sociales de América Latina (CEPSAL) de la
Universidad de los Andes (ULA) se pronuncia ante la violación de los
Derechos Territoriales Indígenas al Pueblo Yukpa en la Sierra de Perijá.

El Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (GTAI) adscrito al Centro de
Estudios Políticos y Sociales de América Latina (CEPSAL) de la
Universidad de los Andes (ULA) se pronuncia ante la violación de los
Derechos Territoriales Indígenas al Pueblo Yukpa en la Sierra de Perijá.

El GTAI adscrito al CEPSAL de la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas de la Universidad de los Andes (ULA), ante el acecho y la
amenaza a la que están siendo sometidas las comunidades indígenas Yukpa
ubicadas en el Municipio Machiques de Perijá, Estado Zulia, como
consecuencia de sus demandas por el ejercicio de sus derechos
territoriales, hace el siguiente pronunciamiento:

1.- Luego del fraude consumado el pasado 12 de octubre de los corrientes
con la entrega de tres cartas agrarias a comunidades indígenas Yukpa de
la Sierra de Perijá, en detrimento de la mayoría de las comunidades
Yukpa, quienes se encuentran en resistencia por sus territorios, hoy se
produce una nueva agresión en contra de Sabino Romero Izarra y su
familia, quienes se niegan a negociar el justo derecho al reconocimiento
de sus tierras ancestrales.

2.- La noción de territorialidad indígena tiene su propia dinámica de
acuerdo a su cosmovisión, tal como lo indica la Declaración de Derechos
de los Pueblos Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas
(ONU), así como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(CRBV) en su artículo 119.

3.- En virtud de la verdadera resistencia indígena por parte de Sabino
Romero y su familia, se ha desplegado una ola de violencia y de racismo
contra las poblaciones indígenas de la Sierra de Perijá por parte de
mineros, ganaderos y militares entre otros.

4.- La burocracia gubernamental que a través de actitudes prepotentes
desconoce desde una posición de poder el espíritu de la norma
constitucional en cuanto al sentido jurídico de la demarcación, hoy es
la responsable directa del desenlace que pueda tener la situación de
caos y de Ley del Talión que se ha impuesto en la zona.

5.- El fraude constitucional materializado con la entrega de las cartas
agrarias intenta ser un gazapo que deja sin efecto el verdadero valor
que el artículo 119 de la CRBV concede a la demarcación.

6.- Resulta insólito que apenas a unas horas del despliegue militar y
político que acompañó en la zona la entrega de las cartas agrarias,
Sabino Romero Izarra y su familia son heridos de gravedad provocando la
muerte de algunos de ellos, por la división que se ha generado con una
política separacionista del pueblo indígena Yukpa.

7.- La perversidad con la que la burocracia gubernamental ha actuado
deja un sabor amargo en el seno del movimiento indígena venezolano en
general y Yukpa en particular, pues nunca antes en la historia
democrática del país los indígenas eran divididos a la vieja usanza
colonial para obligarlos a renunciar a sus derechos históricos.

8.- Considerando que la ULA de conformidad con el artículo 2 de la Ley
de Universidades, “es una Institución al servicio de la Nación y a ella
corresponde colaborar en la orientación de la vida del país mediante su
contribución doctrinaria en el esclarecimiento de los problemas nacionales”.

9. Considerando que la ULA a través del CEPSAL y del GTAI, viene
desarrollando proyectos de investigación conjuntos desde el año 2004,
con la Universidad del Zulia (LUZ), la Asociación Civil Sociedad Homo et
Natura, así como con las organizaciones indígenas que aglutinan a los
pueblos y comunidades indígenas de la Sierra de Perijá.

10. Considerando que la ULA mediante el centro y grupo de investigación
antes mencionado, ha participado a través de su personal docente, de
investigación y estudiantil y de alianzas con organizaciones no
gubernamentales ambientalistas, en los procesos de autodemarcació n que
en la actualidad llevan a cabo los pueblos y comunidades indígenas de la
Sierra de Perijá.

Declara:

1.- Recordando el último comunicado publicado por el GTAI en fecha 26 de
agosto 2008, en el cual nos pronunciamos en contra de las agresiones
militares y de la muerte del padre de Sabino Romero Izarra de la
comunidad de Chaktapa.

2.- La condena de toda acción psicológica o física en detrimento de
todos los pueblos y comunidades indígenas de la Sierra de Perijá.

3.- La necesidad de proteger los territorios indígenas mediante una
figura jurídica especial como zonas para desarrollar y garantizar las
formas de vida propia de los pueblos y comunidades indígenas.

4.- Rechazar cualquier proyecto de desarrollo que menoscabe la
integridad de estos pueblos y que generen tensiones sociales, como el
caso de la base militar en la comunidad indígena del Tokuko, por
considerar esto último atentatorio de la cosmovisión indígena.

5.- Hacer un llamado para que se concentren esfuerzos de cada una de las
partes (indígenas, ganaderos, Estado, etc.) a objeto de construir
soluciones en torno a la materializació n de los Derechos Territoriales
Indígenas en la Sierra de Perijá, especialmente el Derecho a la
Demarcación de tierras indígenas sin minas y sin hacendados.

6.- Hacer un llamado a las instituciones públicas y a los militares que
se encuentran en las zonas donde habitan comunidades indígenas desde
tiempos ancestrales a contribuir en la reivindicació n de los derechos
humanos de estos pueblos, reconocidos en instrumentos jurídicos
nacionales e internacionales y a eliminar los vestigios de racismo en
una sociedad que hasta el año de 1999 no reconocía la pluriculturalidad.

7.- Hacer un llamado a la Comisiones Regionales y Nacional de
Demarcación del Hábitat y Tierras Indígenas respectivamente, a que
entiendan que el proceso de demarcación es mucho más complejo que
delimitar los territorios indígenas desde la visión agrarista imperante
en el viejo ordenamiento jurídico venezolano y que se impone en
consecuencia, un ejercicio de creatividad jurídica y política a la par
de los sujetos de derecho para el ejercicio y la materializació n del
Capítulo VIII de la CRBV.

8.- Tal como lo expresamos en el último comunicado, proponemos una mesa
de diálogo entre las partes, donde el GTAI manifiesta su disposición a
través de su equipo docente y de investigación a colaborar en la
búsqueda de propuestas con miras a encontrar soluciones en la gestión
pública de los territorios indígenas del Estado Zulia.

9.- Hacemos un llamado al cumplimiento del Capítulo VIII de la CRBV y a
seguir los mecanismos que dicta la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades
Indígenas (LOPCI), así como la Ley de Demarcación y Garantía de Pueblos
y Comunidades Indígenas, en torno a la demarcación y posterior
titulación de dichas territorios.

10.- Alertamos sobre el peligro que pesa en el seno del movimiento
indígena venezolano en el marco de sus demandas ancestrales, frente a
los intentos de crear confrontación interna entre pueblos que
históricamente han estado hermanados por una misma causa territorial.

11.- La resistencia indígena en Chaktapa, contrario a los fantasmas que
se han esgrimido sobre la lucha territorial que en dicha comunidad se
desarrolla, expresa en la hora actual una doble circunstancia: por una
parte, marca el verdadero camino de una demanda histórica y ancestral
con un piso jurídico en la CRBV; y por la otra, manifiesta la peligrosa
deriva de un etnocidio silencioso contra los pueblos y comunidades
indígenas del país en tiempos de revolución.

12.- La materializació n de los derechos territoriales indígenas en el
país están en una encrucijada que merece un esfuerzo sostenido en una
agenda indígena nacional, que se complemente con las experiencias de
titulación de tierras indígenas en los otros países miembros de la
Alianza Bolivariana de los Pueblos de Nuestra América (ALBA).

13.- Finalmente reiteramos, el continuo apoyo del CEPSAL y del GTAI a
los procesos de autodemarcació n de los pueblos y comunidades indígenas
del Estado Zulia en particular y del país en general, y la necesidad de
que la misma se convierta en el dictamen final del Estado en el
reconocimiento de la titularidad del hábitat y tierras indígenas.

En Mérida a los catorce (14) días del mes de octubre de 2009

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