CIDH exhortó a gobiernos de Perú y Venezuela a respetar la jurisdicción indígena
10 de abril.- Durante la última semana de marzo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos conoció tres casos de violación del derecho de los pueblos indígenas a una jurisdicción propia, uno de ellos el de los caciques yukpa perseguidos por el gobierno, encarcelados en cárceles comunes e instalaciones militares, y juzgados en los tribunales ordinarios.
10 de abril.- Durante la última semana de marzo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos conoció tres casos de violación del derecho de los pueblos indígenas a una jurisdicción propia, uno de ellos el de los caciques yukpa perseguidos por el gobierno, encarcelados en cárceles comunes e instalaciones militares, y juzgados en los tribunales ordinarios.
La audiencia regional fue titulada “Jurisdicción indígena y derechos humanos”, y fue realizada el 25 de marzo de 2011. . La CIDH resaltó la violación del derecho a la jurisdicción indígena, “derecho reconocido en el derecho internacional de los derechos humanos… (que) constituye una manifestación del derecho a la autonomía de los pueblos indígenas”. El Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), establece que los pueblos indígenas tienen derecho a controlar sus instituciones y formas de vida, su derecho consuetudinario y sus métodos de control de delitos.
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (2007) reconoce que los sistemas jurídicos indígenas son parte de su autonomía o libre determinación.
La Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas de Venezuela (LOPCI), la reciente Ley de Deslinde Jurisdiccional de Bolivia y un proyecto de ley en el Perú, fueron denunciadas por recortar las áreas sobre las cuales puede ser ejercida la legislación indígena.
Uno de los casos denunciados fue el de las rondas campesinas del Perú. Las rondas campesinas son una forma de administración de justicia y solución de conflictos en conflictos de familia, robo, abigeato, homicidios, contaminación ambiental, entre otros casos. Las penas aplicadas incluyen la de hacer trabajar de día y rondar de noche a los ladrones o malhechores. A raíz de ello, las rondas han sido denunciadas ante las autoridades gubernamentales por delito de secuestro, usurpación de funciones u otros, habiendo más de 1,000 autoridades ronderas y miembros de comunidades criminalizados.
Otro caso de ataque a la jurisdicción indígena en Perú que fue denunciado ante la CIDH es el de la Comunidad nativa “Tres Islas”, conformada por familias del pueblo Shipibo y Ese´eja (Dpto. de Madre de Dios). Ante la invasión del territorio indígena por taladores y mineros, la comunidad decidió controlar el ingreso de terceros a su territorio. Empresas transportistas respondieron presentando un hábeas corpus (HC) por libertad de tránsito, y esto dio pie a la criminalización de las autoridades indígenas.
Caso de caciques Yukpa criminalizados por el gobierno venezolano
El caso de los caciques Yukpa de Venezuela fue presentado por el abogado, Ricardo Colmenares, quien forma parte del equipo defensor de los Sabino Romero y Alexander Fernández, y por el antropólogo y Coordinador de la ONG Homo et Natura, Lusbi Portillo. Como es público y notorio, la lucha por territorio que han encabezado las comunidades Yukpa en la Sierra de Perijá ha sido enfrentada con una violenta ofensiva gubernamental y de sectores ganaderos, en cuyo marco ocurre un enfrentamiento entre dos comunidades indígenas. A pesar de que el caso tuvo lugar en territorio indígena y que las dos partes involucradas han invocado el respeto a la la jurisdicción indígena, establecida en la Constitución y la ley, las autoridades venezolanas han pisoteado este derecho. Sabino Romero, Alexander Fernández, y varios de sus familiares han sido sometidos a torturas y tratos degradantes por parte de efectivos militares y policiales.
La abogada peruana Zulma Villa Vílchez, solicitó que la CIDH realice un informe sobre el tema, y que recomiende a los gobiernos de la región el respeto de la jurisdicción indígena y el cese de la persecución de autoridades indígenas por ejercer su autoridad y funciones jurisdiccionales.