Juicio del Caso Transporte Camila condena a dirigentes de Sutiss a la espera

Transporte Camila

Por Clavel A. Rangel Jiménez (Correo del Caroni)

Miércoles, 8 Abril 2015. Los trabajadores son acusados de los delitos de apropiación indebida calificada, perturbación a la libertad del trabajo e incumplimiento al régimen especial de la zona de seguridad de la nación Los trabajadores son acusados de los delitos de apropiación indebida calificada, perturbación a la libertad del trabajo e incumplimiento al régimen especial de la zona de seguridad de la nación

El Tribunal Penal Cuarto de Juicio del estado Bolívar suspendió una vez más la audiencia de los tres dirigentes de Sutiss y 11 trabajadores de Sidor imputados por el caso Transporte Camila, hace ocho años.

La dependencia judicial pospuso para el 19 de mayo, siendo la quinceava vez que suspenden la audiencia oral y pública para iniciar el juicio.

El caso es considerado uno de los más emblemáticos de la criminalización de la protesta en Venezuela.

El pasado 10 de marzo de 2014 el Ministerio Público solicitó revisar la medida cautelar de presentación cada 45 días impuesta a siete dirigentes sindicales y tres trabajadores de la empresa Transportes Camila C.A. en el estado Bolívar, las cuales habían sido impuestas desde el 5 de septiembre de 2006.

El fiscal auxiliar 2° de la referida jurisdicción, Miguel Medina, presentó la petición a fin de que el tribunal ordenase el cese de la medida cautelar que pesa sobre Juan Antonio Valor, Joel Hernández Ruiz, Leonel Grisett, dirigentes del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Siderúrgica y Sus Similares (Sutiss), y los trabajadores Argenis Gómez, Richard Alfonzo, Osnel Ramírez, Bruno López, Luis Anzola, Julio Soler y Agdajamir Rivas.

La medida se logró por la intermediación del entonces coordinador general del Programa de Educación, Acción en Derechos Humanos (Provea), Marino Alvarado, quien se reunió con la fiscal general de la república, Luisa Ortega Díaz, y planteó los casos de criminalización de la protesta laboral en el país.

Los trabajadores son acusados de los delitos de apropiación indebida calificada, perturbación a la libertad del trabajo e incumplimiento al régimen especial de la zona de seguridad de la nación.

crangel@correodelcaroni.com

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *