La Jornada de Trabajo de los vigilantes y su cesta-ticket

Buena parte de las consultas o mensajes que recibo son del personal de vigilancia de diferentes empresas que laboran en jornadas diarias de 12 horas durante 6 días hábiles en cada semana para un total de 72 horas de permanencia en sus centros de trabajo (12×6=72). Muchos de ellos ganan salario mínimo más cesta ticket y a casi todos les pagan el bono nocturno pero no así horas extras ni más de 6 cesta ticket por semana laborada.
La consulta más frecuente es si a ellos deben pagarle horas extras así como cesta tickets adicionales por laborar en exceso de la jornada legal. Trataré de dar respuesta a estos interrogantes de los vigilantes lectores de esta columna.

Buena parte de las consultas o mensajes que recibo son del personal de vigilancia de diferentes empresas que laboran en jornadas diarias de 12 horas durante 6 días hábiles en cada semana para un total de 72 horas de permanencia en sus centros de trabajo (12×6=72). Muchos de ellos ganan salario mínimo más cesta ticket y a casi todos les pagan el bono nocturno pero no así horas extras ni más de 6 cesta ticket por semana laborada.
La consulta más frecuente es si a ellos deben pagarle horas extras así como cesta tickets adicionales por laborar en exceso de la jornada legal. Trataré de dar respuesta a estos interrogantes de los vigilantes lectores de esta columna.

Como es sabido el artículo 90 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece la jornada diaria diurna de 8 horas con límite semanal de 44 horas y la jornada diaria nocturna de 7 horas con límite semanal de 35 horas. La nueva Ley debería aplicar este régimen constitucional a la jornada excepcional de los vigilantes modificando lo establecido en el artículo 198 de la actual Ley Orgánica del Trabajo (LOT) según el cual cual los trabajadores que no están sometidos a los límites diario y semanal de la jornada de trabajo, entre ellos los trabajadores de inspección y vigilancia, podrán permanecer hasta once (11) horas diarias en su trabajo y tendrán derecho, dentro de esta jornada, a un descanso mínimo de una (1) hora. De manera que si el vigilante permanece 12 horas diarias en su trabajo genera una hora extra diaria. Si la jornada semanal es de 6 días hábiles, genera un total de 6 horas extras semanales que le deben ser pagadas en forma adicional a su remuneración básica semanal.

En cuanto a la cesta ticket, las horas extras laboradas durante la semana generan un pago proporcional y adicional en la semana o mes correspondiente según el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Alimentación para los Trabajadores y Trabajadoras (R-LAT). En el caso que analizamos, esas 6 horas extras semanales generan un pago adicional según el porcentaje de Unidades Tributarias (UT) que cancele la empresa por jornada diaria laborada. Suponiendo que paguen el mínimo legal, calculamos así: Primero, el valor diario del ticket o carga electrónica: 0,25 UT = 0,25 x 90 Bs. = Bs. 22,50. Segundo, el valor hora del ticket o carga: Bs. 22,50 /10 horas de jornada diaria efectiva = Bs. 2,25 por hora. Tercero, el pago adicional de cesta ticket generado en la semana: Bs, 2,25 por cada hora x 6 horas extras = Bs. 13,50.

Pudiera proponerse en juicio un cálculo más favorable al trabajador que el acá explicado pero eso dependerá de las decisiones judiciales. Me limito a señalar una forma de cálculo que ofrece certeza para el reclamo del trabajador.

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