21 marzo, 2025

La jornada de trabajo en Bolipuertos

La recentralización del Puerto de Puerto de Cabello abrió una expectativa para los trabajadores y trabajadoras portuarios quienes abrigaron la esperanza de que recibirían un trato más justo, más human

La recentralización del Puerto de Puerto de Cabello abrió una expectativa para los trabajadores y trabajadoras portuarios quienes abrigaron la esperanza de que recibirían un trato más justo, más humano.

La jornada semanal que vienen laborando los trabajadores portuarios carabobeños no sólo es ilegal, sino pagada en forma incorrecta en perjuicio de quienes allí prestan sus servicios.

Se trata de un sistema de rotación de turnos, de doce horas cada día, en la siguiente forma: 2 DIURNOS (DE 7 AM A 7PM), SEGUIDOS DE 2 NOCTURNOS (DE 7 PM A 7 AM), SEGUIDOS DE 2 LIBRES. Se les ha dicho a los trabajadores que laboran en la semana 48 horas, 42 horas ordinarias + 6 horas de sobre tiempo.

El anterior esquema sería válido si la semana tuviera sólo 6 días, pero la realidad es que la semana se compone, como todos sabemos, de 7 días.

En este sistema de rotación, en un período de 6 semanas, los trabajadores laboran 4 semanas de 5 días, es decir, 60 horas en cada una de esas semanas. Y 2 semanas de 4 días, es decir 48 horas en cada una de esas 2 semanas.

En total: durante 6 semanas, los trabajadores laboran 4 semanas de 60 horas (240 horas) + 2 semanas de 48 horas (96 horas), lo cual suma 336 horas en las 6 semanas de la rotación. Es decir, un promedio de 56 horas semanales.

Sabemos que el promedio legal para trabajadores de turno rotativo es de 42 horas semanales. Por esto afirmamos que esa rotación es absolutamente ILEGAL por exceder los promedios permitidos de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo.

En segundo lugar, el pago es además incorrecto. Para las 2 semanas de 48 horas de trabajo, tendríamos que 42 horas son imputables a la jornada legal ordinaria. Tendríamos entonces un exceso de 6 horas extras en cada una de esas 2 semanas donde se trabaja en 4 días con 3 días libres. Pero, en las 4 semanas de 60 horas en las cuales se trabajan 5 días y solo dos libres, sólo 42 son horas ordinarias y 18 son horas extras. Al pagar sólo 6 horas extras, dejan de pagarle al trabajador 12 horas extras en cada una de esas 4 semanas (18 horas extras laboradas – 6 horas extras canceladas = 12 horas extras laboradas y no pagadas).

En resumen, en cada período de 6 semanas dejan de cancelarle al trabajador un total de 48 horas extras (12 horas no pagadas x 4 semanas = 48 horas extras).

A juicio de las nuevas autoridades del Puerto, esa sería la forma de compensar los bajos salarios de los trabajadores y trabajadoras portuarios.

A mi juicio, peor el remedio que la enfermedad ya que debemos tener en cuenta que un régimen de trabajo extenuante aumenta algo en el bolsillo pero a costa de aumentar los riesgos en el trabajo, de por sí considerado peligroso. Es cambiar salud y vida por dinero, una práctica del capitalismo salvaje.
Cabe acá entones aplicar aquello de las tres erres que es una línea del Presidente Chávez.

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