La ley de Propiedad Social pone en la picota a los sindicatos y los contratos colectivos

El gobierno viene impulsando la aprobación en la Asamblea Nacional de un paquete de leyes dirigidas a tener un mayor control sobre el conjunto de las instituciones y de la sociedad. Entre estos instrumentos jurídicos destacan la ley de Procesos Electorales, la cual ha generado una gran controversia, incluso entre los partidos aliados al PSUV; la ley del Régimen Especial del Distrito Capital, mediante la cual se creó la figura del jefe de gobierno nombrado por el Presidente, restándole atribuciones y recursos a la Alcaldía Mayor de Caracas; la ley de Descentralización y de Reordenamiento Territorial, y la de Educación.

El gobierno viene impulsando la aprobación en la Asamblea Nacional de un paquete de leyes dirigidas a tener un mayor control sobre el conjunto de las instituciones y de la sociedad. Entre estos instrumentos jurídicos destacan la ley de Procesos Electorales, la cual ha generado una gran controversia, incluso entre los partidos aliados al PSUV; la ley del Régimen Especial del Distrito Capital, mediante la cual se creó la figura del jefe de gobierno nombrado por el Presidente, restándole atribuciones y recursos a la Alcaldía Mayor de Caracas; la ley de Descentralización y de Reordenamiento Territorial, y la de Educación.

Una de las leyes que más polvareda ha levantado es la de Propiedad Social la cual, según los partidos de la derecha y sectores del empresariado, tendría como objetivo no declarado, liquidar la propiedad privada.

El equipo de redacción de Laclase.info leyó y analizó minuciosamente el contenido del borrador inicial de la ley, y encontró una serie de elementos dignos de considerarse.

La ley mantiene el principio de la propiedad privada de medios de producción

En primer término, la ley es clara en el sentido de consagrar expresamente el derecho a la propiedad privada de los medios de producción, en tal sentido el art.3, entre otras cosas, establece “la propiedad privada, perteneciente a personas naturales o jurídicas, reconocida sobre bienes de uso, consumo, goce y disposición y medios de producción legítimamente adquiridos”. No obstante, esta coexistiría con otras formas de propiedad como la pública, la colectiva, que podría ser de origen privado, y la mixta, que garantiza la participación de los sectores privados en la administración y usufructo de medios de producción del Estado.

Es decir, no hay ninguna contradicción con la protección de la propiedad privada de los medios de producción, establecida en la Constitución.

De acuerdo a esto, la ley de Propiedad Social no afecta el carácter capitalista y burgués de la economía, más allá de la alharaca mediática que algunos sectores económicos han venido desarrollando, y más allá también, de la propaganda oficial que pretende presentarla como un instrumento legal que estaría trillando el camino al socialismo.

En el capitalismo es imposible planificar la economía

La ley crea el Consejo Central para la Planificación de la Economía Socialista y el Fondo Intergubernamental para la Economía Socialista. El primero tendría como atribuciones fundamentales aprobar el Plan Nacional de Desarrollo de la Economía Socialista (Plandes) e instrumentarlo, y el segundo, sería una institución financiera, y ambos actuarían en base a lo definido en el Plandes.

El gran problema de estos organismos es que en Venezuela el modo de producción prevaleciente sigue siendo el capitalista. Se mantiene la propiedad privada de los medios de producción y no existe el monopolio estatal del comercio exterior, ni siquiera se ha establecido el control obrero de la producción. Es bueno recordar que el primer decreto de Lenin fue el de control obrero. Al asumir el poder no se expropió ninguna empresa, ni se le puso el nombre de «socialista».

La inexistencia de estos presupuestos esenciales para comenzar a transitar el camino del socialismo, dificultarían –por no decir que harían inviable- la posibilidad real de llevar adelante un plan nacional de desarrollo económico.

La aprobación de la ley en el contexto del capitalismo, supondría una especie de híbrido en el cual una parte de la economía estaría en manos estatales o sociales, y otra seguiría funcionando en manos privadas, pero en todo caso, ambas serían parte de un mismo circuito nacional e internacional regido por las normas de la competencia capitalista.

Es decir, que no puede haber un plan económico centralizado mientras la anarquía capitalista continúe reinando.

Continúa prevaleciendo el control estatal

Otro problema que observamos en la ley es que tanto el consejo directivo del Fondo Intergubernamental para la Economía Socialista como los integrantes del Consejo Central para la Planificación de la Economía Socialista, estarían conformados mayoritariamente por funcionarios del Estado, mientras que las trabajadoras y trabajadores y sus organizaciones sindicales, no están representados, a pesar de que se establece en la ley que estos tendrían el manejo y administración de las “empresas socialistas”.

Instrucción militar obligatoria de los trabajadores y trabajadoras

Asimismo, en el art. 9 se establece la instrucción militar obligatoria de los trabajadores y trabajadoras de las “unidades productivas socialistas”, atribución que recaería en el Ejecutivo. Desde nuestro punto de vista consideramos que esto no debería ser obligatorio ni una precondición para trabajar en una empresa o unidad productiva socialista. Considerando que es fundamental la organización e instrucción militar de los trabajadores, campesinos y comunidades, opinamos que esta tarea debería ser desarrollada de manera autónoma por las organizaciones sindicales, comités de fábrica, Consejos Comunales urbanos y rurales, y por las demás organizaciones campesinas y populares.

En peligro los sindicatos y el derecho a la contratación colectiva

Pero quizás lo más preocupante es que en las condiciones laborales de las “empresas socialistas”, no se dice ni una palabra de la contratación colectiva ni de las organizaciones sindicales.

El diputado Ulises Daal, que se ha convertido en vocero de la Asamblea Nacional en este tema, ha dicho que la ley consagra la vigencia de la Ley del Trabajo, y en ese sentido garantizaría la existencia de los sindicatos –aunque no dice nada de las contrataciones colectivas-, sin embargo, también ha agregado, que debido a que en las “empresas socialistas” los trabajadores supuestamente serían los propietarios de las mismas, se haría innecesaria la existencia de las organizaciones sindicales.

Esto es sumamente grave, y sentaría un precedente muy peligroso para la estabilidad de las trabajadoras y trabajadores, no sólo en las “empresas socialistas”, sino en todas las empresas estatales.

En nuestra opinión esta ley no inicia un tránsito al socialismo; por el contrario, establece una situación irregular, anómala e híbrida, de allí que los sindicatos deban preservarse en las “empresas socialistas”, como instrumento de lucha de los trabajadores en defensa de sus intereses y reivindicaciones. Incluso, aunque efectivamente estuviéramos transitando el camino al socialismo, los sindicatos deben seguir existiendo. Esta discusión ya fue saldada en la Rusia Soviética por el propio Lenin, quien reivindicó la necesidad de que los trabajadores mantuvieran sus organizaciones sindicales.

La ley no incluye a las empresas estatales estratégicas

Por último, la ley establece la llamada “propiedad social indirecta”, conformada “por los medios de producción de mediana y alta complejidad pertenecientes a la ciudadanía nacional, que por razones estratégicas son administrados por el Estado, siendo de carácter intransferible, y en consecuencia, no sujeta a ser enajenada ni cedida en garantía o concesión. Por su naturaleza, forma parte de los intereses nacionales, representando una propiedad colectiva bajo administración del Estado”.

De acuerdo a esto, no todas las empresas estatales estarían regidas por esta ley, y no todas podrían ser manejadas y administradas por sus trabajadores y trabajadoras. Es decir que las de carácter estratégico como PDVSA, las industrias básicas, el Metro de Caracas, las eléctricas, alimenticias, entre otras, no podrían estar bajo control obrero.

En nuestra opinión, precisamente por ser estratégicas, todas estas empresas tendrían que estar controladas, administradas y gestionadas directamente por sus trabajadores a través de sus organizaciones de clase.

En resumen, esta ley no va camino a ningún socialismo, ni del siglo XX ni del XXI, pero es un instrumento que pondría en la picota a las organizaciones sindicales y el derecho a la contratación colectiva, en empresas que en el fondo serían estatales, en el marco de un Estado burgués, pero disfrazadas de «socialistas».

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