La última audiencia de Rubén González
El próximo miércoles 23 de abril está pautado en la ciudad de Caracas la última audiencia del juicio contra el Secretario General de Ferrominera Rubén González. ¿Su delito? Haberse puesto del lado de los trabajadores en sus luchas.
El próximo miércoles 23 de abril está pautado en la ciudad de Caracas la última audiencia del juicio contra el Secretario General de Ferrominera Rubén González. ¿Su delito? Haberse puesto del lado de los trabajadores en sus luchas.
Entre el 11 y el 26 de agosto de 2009, González, junto a 2000 trabajadores de la empresa estatal, inició una huelga en reclamo ante el incumplimiento de la convención colectiva firmada el 5 de enero de 2009 y homologada el 1 de junio de ese mismo año. Un mes después fue detenido e imputado por la supuesta comisión de los delitos de “agavillamiento”, “instigación a delinquir”, “restricción a la libertad del trabajo”, y “violación de zona de seguridad”. Permaneció bajo arresto domiciliario hasta el 21 de enero de 2010, día en el que se decretó su encarcelamiento en la sede policial del Municipio Caroní del Estado Bolívar, donde duró 12 meses tras las rejas.
El 28 de febrero de 2011 fue condenado a 7 años y 6 meses de cárcel, lo que generó la movilización y el repudio de las distintas organizaciones sindicales y sociales en el país, lográndose la anulación de aquel juicio, pero no el sobreseimiento de la causa, por lo que Rubén González se ha visto obligado a trasladarse periódicamente a Caracas, lugar donde desde esa fecha se ha reiniciado el juicio en su contra.
El caso de González no es el único en Venezuela de criminalización de la protesta. En la actualidad más de 150 trabajadores y sindicalistas enfrentan procesos judiciales en tribunales luego de haber defendido derechos como el salario y la libre sindicalización. Debido a sus características, el Secretario General de Ferrominera se ha convertido en símbolo de la represión contra el sindicalismo consecuente.
La crisis de las empresas básicas intenta descargar su peso sobre los trabajadores. Por eso la huelga de aquel agosto de 2009 tuvo una respuesta rabiosa. Recordemos la cobertura realizada por el Sistema Nacional de Medios Públicos (VTV, RNV, Aporrea entre otros), que calificaron la acción como obra de un “pequeño grupo” (http://www.aporrea.org/trabajadores/n140848.html), que “agredió a otros trabajadores e intentó sabotear la maquinaria” y obra de un sindicalista “de oposición” –cuando en ese momento González era militante del PSUV- (http://www.aporrea.org/trabajadores/n140848.html). Al momento de su detención, el portal Aporrea amplificó que “se le acusa de haber promovido disturbios violentos dentro de la planta” y haber realizado una “huelga con características violentas” (http://www.aporrea.org/ddhh/n142846.html). Todas estas afirmaciones crearon las condiciones para que al sindicalista se le acusara de los delitos de “agavillamiento”, “instigación a delinquir” y “restricción a la libertad del trabajo”. Lo cierto es que desde hace algunos años el Ejecutivo promueve una política que prohíbe, por la vía de los hechos, la realización de huelgas en las empresas e instituciones públicas. Una clara muestra es el cuarto presunto delito: “violación de zona de seguridad”. Como se recordará, desde promulgación de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, en el 2002, su artículo 47 establece una serie de territorios conocidos como “zonas de seguridad”, entre ellas “Las zonas que circundan las instalaciones militares y públicas, las industrias básicas, estratégicas y los servicios esenciales”. El artículo 56 establece que “Cualquiera que organice, sostenga o instigue a la realización de actividades dentro de las zonas de seguridad, que estén dirigidas a perturbar o afectar la organización y funcionamiento de las instalaciones militares, de los servicios públicos, industrias y empresas básicas, o la vida económico social del país, será penado con prisión de cinco (5) a diez (10) años”. Como consecuencia, esta ley se coloca por encima de la Constitución al prohibir el derecho a la huelga de los trabajadores de las empresas básicas del país. Y este presunto delito fue el que mantuvo durante 14 meses a González tras las rejas.
Una de las reivindicaciones que debería enarbolar el movimiento de trabajadores, de cara al próximo 1ero de Mayo, es la eliminación de las zonas de seguridad, la libertad plena para todos los sindicalistas y trabajadores procesados por protestar y el fin de todas las políticas que criminalizan el derecho a la manifestación en el país. Estas consignas pudieran unificar a las diferentes tendencias sindicales, y ayudar a la necesaria refundación del gremialismo venezolano sobre bases autónomas, beligerantes y comprometidas con las necesidades de sus afiliados.
Este 23 de abril todos quienes hemos acompañado a Rubén González esperamos un veredicto a su favor, reivindicando así el derecho a huelga y derrotando a la política gubernamental de criminalización de la protesta.