8 diciembre, 2024

Por soberanía nacional y autonomía judicial

El Colectivo de Abogado José Alvear Restrepo, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, la Comisión de Derechos Humanos de la USO y el Sindicato Mixto de Trabajadores de las Universides Públicas Nacionales, expresaron a la Corte Suprema de Justicias su posicion y preocupaciones sobre los últimos conceptos en materia de extradición de presos políticos requeridos por las autoridades norteamericanas.

El Colectivo de Abogado José Alvear Restrepo, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, la Comisión de Derechos Humanos de la USO y el Sindicato Mixto de Trabajadores de las Universides Públicas Nacionales, expresaron a la Corte Suprema de Justicias su posicion y preocupaciones sobre los últimos conceptos en materia de extradición de presos políticos requeridos por las autoridades norteamericanas.

Bogotá D.C.
Marzo 30 de 2009
H. Magistrados
Sala Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
E.S.D
Reciban un cordial saludo.

Las organizaciones abajo firmantes, algunas pertenecientes a la Campaña contra la Extradición de los presos políticos, nos dirigimos a Ustedes con el propósito de expresarles lo siguiente:

Hemos venido realizando un seguimiento a los casos de extradición que se han adelantado en atención a requerimientos de las autoridades norteamericanas a detenidos políticos en Colombia; de tal forma, conocemos los conceptos emitidos por la H. Corte Suprema de Justicia – Sala Penal.

Valoramos altamente los desarrollos que en materia de extradición ha venido dando la H. Corte Suprema de Justicia, en la medida que han puesto una cortapisa seria y de alto nivel al uso excesivo e indebido que se ha venido dando a la figura de la extradición de parte de las autoridades estadounidenses, lo cual podría constituir una injerencia indebida en los asuntos internos del país.

Creemos además, que en la medida que se va consolidando y unificando la jurisprudencia en materia de extradición, como lo ha venido haciendo la H. Corte Suprema de Justicia, en torno a la aplicación del principio de territorialidad de la ley penal, en defensa de las garantías judiciales de carácter universal de nuestros ciudadanos, como el Non bis in ídem y de los derechos de las víctimas de crímenes de lesa humanidad; se resguarda la Soberanía Nacional y el principio de autodeterminación de los pueblos que nos asiste como colombianos; de igual manera, genera un claro mensaje de seguridad jurídica propio de un Estado de Derecho .

Vemos con mucha preocupación los pedidos de extradición que se vienen realizando por parte de las autoridades norteamericanas contra presuntos colaboradores de organizaciones rebeldes alzadas en armas de Colombia, por actos que tipifican unilateralmente como “apoyo a una organización terrorista internacional”, los cuales en nuestro país son enmarcados en el delito de Rebelión; lo cual en nuestro concepto se traduce en un requerimiento por un delito político, lo cual se encuentra proscrito en nuestra Constitución Política (artículo 35 C.N) y que además amplía peligrosamente el número de ciudadanos colombianos que podrían ser juzgados en el exterior por asuntos que son de competencia exclusiva de nuestras autoridades.

Al respecto, respetuosamente nos permitimos expresarles que consideramos que la H. Sala Penal debe abordar en sus conceptos este tipo de discusiones jurídicas que tienen relación con el principio de doble incriminación, a fin de evitar que se generen pronunciamientos en sentido favorable a la extradición por hechos que constituyen delitos políticos1.

Calificamos como un grave atentado a la Soberanía Nacional y a la Independencia del Poder Judicial, pilares éstos de la democracia, los pronunciamientos que han venido realizando funcionarios del alto gobierno, en los que cuestionan e incluso atacan las decisiones adoptadas por la H. Corte Suprema de Justicia, que se han acrecentado en los últimos días en razón a las posiciones adoptadas en materia de extradición por el alto Tribunal, en los que han expresado por ejemplo que las mismas constituyen “un respiro” para los delincuentes y un obstáculo en las relaciones bilaterales Colombia – Estados Unidos, y en consecuencia proponen espacios que propicien “mayor claridad entre la justicia de E.U. y la nuestra”, como lo expuso la embajadora Carolina Barco.

Más grave aún nos parece la nota “diplomática” emanada de la Embajada Norteamericana en la que protestan por la negativa de la H. Corte Suprema de Justicia a extraditar a algunos miembros de la insurgencia colombiana, que habían sido solicitados para ser juzgados por los cargos de toma de rehenes, conspiración para cometer toma de rehenes; apoyo a una organización terrorista internacional y conspiración para apoyar a una organización terrorista internacional, en la cual califican los conceptos de la Sala Penal como inconsistentes y producto de una lectura errada a sus requerimientos.

Celebramos y respaldamos la posición digna que ha asumido por la H. Corte Suprema de Justicia ante dichos ataques y señalamientos indebidos tanto del alto gobierno como de la embajada estadounidense, exigiendo el respeto de sus decisiones y negándose a concertar con terceras autoridades nacionales y extranjeras no competentes, el sentido de sus conceptos.

Como parte de la sociedad colombiana, estaremos atentos al desarrollo de esta problemática, dispuestos a exigir el respeto de la autonomía judicial, la soberanía nacional y el principio de autodeterminación de los pueblos; denunciando ampliamente cualquier tipo de intervención o injerencia indebida, nacional o extranjera, que atente contra los mismos.

Cordialmente,
Reinaldo Villalba Vargas
Colectivo de Abogado José Alvear Restrepo
Flor Múnera
Comité de Solidaridad con los Presos Políticos
Edgar Mojica Vanegas
Comisión de DDHH de la Unión Sindical Obrera – USO
Juan Carlos Arango Salazar
Sindicato Mixto de Trabajadores de las Universidades Públicas Nacionales – SINTRAUNAL

1 En concreto nos referimos a los casos de las detenidas políticas Luz Mery Gutiérrez Vergara y Ana Isabel Peña Arévalo

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