9 diciembre, 2024

Sindicatos y derecho a la convención colectiva

Las declaraciones del presidente de la República, emitidas el pasado 06.03.09 con motivo de la construcción de la Nueva Siderúrgica Nacional, en el municipio Piar del estado Bolívar, son alarmantes pues instan a desconocer la Constitución.

Las declaraciones del presidente de la República, emitidas el pasado 06.03.09 con motivo de la construcción de la Nueva Siderúrgica Nacional, en el municipio Piar del estado Bolívar, son alarmantes pues instan a desconocer la Constitución.

El derecho a la convención colectiva es un derecho humano garantizado en la Carta Magna. Como tal, los trabajadores tienen la posibilidad de exigirlo y los entes y órganos del Estado el deber de garantizarlo. En este pacto entre capital y trabajo se determinan beneficios para los trabajadores y trabajadoras que van más allá de la simple remuneración salarial. En las convenciones se añaden otras reivindicaciones de carácter social relacionadas con condiciones y medio ambiente de trabajo, vacaciones, posibilidades de capacitación, etc. Las mismas se acuerdan por un tiempo determinado, al cabo del cual deben renovarse sus cláusulas, negociando la incorporación de más beneficios para la clase trabajadora. Su incumplimiento, o su vencimiento sin que se haya acordado una nueva contratación colectiva por un largo período de tiempo, estimula los conflictos, generando tensiones que llevan a los gremios a utilizar las herramientas obreras históricas de presión, tales como los paros o las huelgas parciales o totales.

Provea ha venido expresando su preocupación por la gran cantidad de contratos colectivos sin firma en el sector público. En su Informe Anual sobre la Situación de los Derechos Humanos en Venezuela, correspondiente al período octubre 2006 – septiembre 2007, registró la cifra de 243 contratos paralizados. Recientemente, fuentes sindicales han afirmado que la cifra continúa siendo mayor a 200, con lo que los avances en esta materia han sido mínimos. Dado esta mora, es incomprensible que el primer mandatario amenace a los dirigentes sindicales por realizar el trabajo para el que fueron elegidos: velar por el bienestar de sus representantes ante el patrono. La criminalización de la acción sindical, en cualquiera de sus formas, constituye un atentado contra la libertad sindical. Ello constituye obstáculos reales al ejercicio de la misma y crea condiciones que pueden significar un riesgo para los y las sindicalistas, más aún si se ordena a cuerpos policiales, con record de violaciones a los derechos humanos, para que actúen contra la dirigencia gremial. El primer mandatario debería encauzar los esfuerzos de los organismos policiales en resolver los crímenes relacionados con la obtención de puestos de trabajo, uno de los males que aqueja al sector petrolero y construcción, el cual sólo en el año 2008 segó la vida de 21 dirigentes obreros en el país.

Los órganos y entes del Estado no deberían continuar desafiando a la dirigencia sindical y violando el derecho constitucional a la convención colectiva. Deben, por el contrario, cumplir con la Constitución. Lo que está en juego es la paz social y la posibilidad que millones de personas mejoren sus condiciones de trabajo y de vida. Las posibles consecuencias de una crisis económica global para Venezuela no son excusas para desmejorar a la masa laboral, retrocediendo en derechos que han sido conquistados a través del tiempo.

Sin embargo, en algo que coincidimos con el presidente es en la persistencia de vicios del pasado en las actuales organizaciones gremiales. Provea también ha declarado su inquietud debido a que las diferentes centrales sindicales, en los últimos años, han priorizado la agenda política sobre su propia agenda laboral. Al postergar sus propias demandas por participar en la contienda electoral nacional, se han convertido en una cifra más de la correlación de fuerzas de la polarización que divide al país. En este sentido, los sindicatos son corresponsables del estancamiento en las conversaciones por la firma de las convenciones colectivas. Pero debe ser iniciativa de los propios trabajadores y trabajadoras, sin injerencias externas, quienes resuelvan las irregularidades de las organizaciones laborales y planifiquen las diferentes estrategias para mejorar su calidad de vida. Provea respalda, por tanto, que de nuevo los sindicatos jerarquicen su agenda laboral sobre cualquier otra consideración. Las diferentes centrales y grupos sindicales tienen la oportunidad de enseñarle al país como es posible establecer mecanismos de diálogo y entendimiento, dejando de lado las diferencias políticas, para establecer una agenda mínima y común para la defensa y conquista de sus derechos como asalariados y asalariadas. Algunos pasos se vienen dando en este sentido, por lo que como organización que promueve los derechos laborales los alentaremos y seguiremos con gran expectativa. El trabajo de los sindicatos debe ser autónomo y responder a las exigencias y necesidades de sus afiliados y afiliadas. Cualquier obstaculización a su trabajo debe denunciarse como contrario al espíritu y contenido de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

*Provea

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